domingo, 12 de julio de 2009

NOTA DE PRENSA.

Información / El Puerto de Santa María /
EL PUERTO/SEGURIDAD
Malestar en la plantilla de Policía Local por la instalación de cámaras en Jefatura
11/07 · 20:35 · Josefina Escudero

Las cámaras llevan instaladas varios meses en la Jefatura.
La instalación de unas cámaras de vigilancia en la Jefatura de Policía Local ha sentado mal a los agentes, y en especial a la Unión Sindical Progresista de la Policía Local (USPPL), que ha dirigido un escrito al concejal responsable del área, Carlos Montero, reclamándole información sobre las motivaciones de esta medida. El mismo sindicato se ha mostrado satisfecho por el archivo de los expedientes abiertos a dos policías por un incidente ocurrido en septiembre del año pasado en el que se vio implicado el concejal de Hacienda, David Páez. En cuanto a la instalación de las cámaras en la Jefatura, el sindicato ha comunicado a sus afiliados a través de su web que desconocen las razones de su colocación, ya que entienden que no se ha realizado un estudio de seguridad que determine dónde son necesarios esos medios técnicos, dónde están los monitores que, supuestamente, graban las imágenes y quién se encarga de su registro.Aunque el uso de videovigilancia es legal, por razones de seguridad, productivas o como prevención de robos, el sindicato entiende que su ubicación -descansillo de la entrada, escalera y pasillo- no ayudan a estos fines, de ahí que en el escrito remitido el pasado mes al teniente de alcalde le soliciten información sobre las motivaciones de estas medidas. Asimismo, esperan conocer si las imágenes que quedan registradas se destruyen en el plazo de tiempo establecido por ley, que es de un mes, y que su custodia esté garantizada. El sindicato lamenta el silencio que se ha seguido con este tema, que puede provocar tanto malestar como el que surgió con la instalación de los GPS en los coches patrulla “que inicialmente se indicaba que su colocación fue por motivos de seguridad y para lo único que se ha utilizado fue para los expedientes de unos compañeros”, señalan en el escrito. Precisamente los dos expedientes abiertos por falta grave contra dos agentes de la Policía Local que tuvieron un incidente con el concejal de Economía, David Páez, en septiembre del pasado año han sido archivados, lo que el sindicato valora de forma positiva. La Usppl denunció “la poca arbitrariedad” en el informe realizado por el intendente accidental, Rafael Muñoz, quien sugirió las sanciones.Los hechos se remontan al 19 de septiembre de 2008, cuando una mujer le solicitó a los dos policías, en la confluencia de las calles Palacios y Misericordia, que llamaran a la grúa debido a que no podía sacar su vehículo estacionado, a lo que se negaron alegando que éste tenía espacio suficiente para salir y que tenían otra inspección que realizar. La misma mujer se dirigió a Páez al encontrarlo casualmente en la calle, quien denunció los hechos al jefe del cuerpo al no lograr la intervención policial.

sábado, 11 de julio de 2009

ARCHIVADO EL EXPEDIENTE CONTRA LOS POLICÍAS QUE SE ENFRENTARON CON PÁEZ.( LA VOZ EL 7/7/09 )


EL PUERTO
El expediente abierto por falta grave abierto contra dos agentes de la Policía Local que tuvieron un encontronazo con el concejal de Economía y Hacienda, David Páez, en septiembre del pasado año ha sido finalmente archivado. La Unión Sindical Progresista de la Policía Local (USPPL) ha denunciado «la poca arbitrariedad» en el informe realizado por parte del intendente, Rafael Muñoz, a la sazón jefe en funciones del cuerpo, que fue quien sugirió las sanciones por «omisión de saludo a un superior, ausencia de servicio e incorrección con los administrados».
Los hechos se remontan al 19 de septiembre de 2008, cuando una mujer le solicitó a los dos policías, en la confluencia de las calles Palacios y Misericordia, que llamaran a la grúa debido q que no podía sacar su vehículo estacionado, a lo que se negaron alegando que éste tenía espacio suficiente para salir y que tenían otra inspección que realizar. La misma mujer se dirigió a Páez al encontrarlo casualmente, quien denunció los hechos al no lograr la intervención policial.
Desde USPPL acusan a Muñoz de obrar así por «amistad y afinidad» política con el edil de Policía Local, Carlos Montero, a quien también critican porque «lo único que interesa es cortar cabezas» y por «funcionar a salto de mata».
Por el momento, equipo de Gobierno ha decidido no contestar a lo expuesto por el sindicato.

martes, 7 de julio de 2009

ESCRITO PRESENTADO EL DÍA 22 DE JUNIO POR MOTIVO DE LAS CÁMARAS INSTALADAS EN LA JEFATURA.

TENIENTE DE ALCALDE DELEGADO DE POLICÍA LOCAL Y PROTECCIÓN CIVIL.

Nos sorprende y nos quedamos perplejo sin que nadie nos halla comunicado e informados a los agentes sociales, ni tampoco hay ninguna información avisando de la colocación de cámaras si no que cuando llegamos a la Jefatura de Policía Local observamos como hay cámaras, dentro del descansillo de la entrada, como en las escalera y dentro de los pasillos y otras cámaras disfrazadas de detector de incendio.
Este sindicato ha preguntado al encargado de Logística por el estudio de seguridad de la Jefatura detallando los puntos en los que necesitan estos medios técnicos, donde están los monitores y todos los lugares donde están ubicadas, como el registro de las misma, como la información detallada por los paneles informativos; Cual es la sorpresa desconoce todo esto, ya que él no ha hecho nada, solo sabe que es una empresa la que esta realizando los trabajos (SERECOP).
Este secretismo hace sospechar de una forma intencionada que la colocación de las cámaras no es por Seguridad de los Funcionarios, ya que no hay un estudio serio de donde hace falta las cámaras, sino colocación en lugares de control del personal o funcionario que entre de servicio.
Donde están los monitores para que el agente encargado de la seguridad de la Jefatura, que tiene encargado ese servicio, sea el que vigile y custodie la seguridad de todos los funcionarios de servicio. No hay información ninguna quien controla las imágenes, que estarán dentro de un sistema de grabación, con una clave que puede ser incluso visualizado a través de sistemas informáticos por Internet desde su casa u otro lugar, como si se tratase de Realty Show. En el articulo 20.3 del Estatuto de los Trabajadores: “El empresario podrá adoptar las medidas que estime más oportunas de vigilancia y control para verificar el cumplimiento por el trabajador de sus obligaciones y deberes laborales, guardando en su adopción y aplicación la consideración debida a su dignidad humana y teniendo en cuenta la capacidad real de los trabajadores disminuidos, en su caso”. Ello determina la legalidad de las instalaciones de video vigilancia ya sea por razones de seguridad, productivas o como prevención de robos.

Instrucción 1/2006 de la Agencia Española de Protección de Datos sobre el tratamiento de datos personales con fines de vigilancia a través de cámaras o videocámaras dice textualmente:


Esta normativa se dicta con el objetivo de dar respuesta a las cuestiones planteadas a la Agencia en materia de video vigilancia y conseguir que se apliquen por los tribunales criterios uniformes. El incremento en nuestra sociedad de sistemas de video vigilancia también ha hecho necesario regular de forma específica esta materia y garantizar los derechos de las personas cuyas imágenes son captadas. EXIGENCIAS básicas para la captación y tratamiento de imágenes mediante video vigilancia:

1. Colocar, en zonas video vigilado el distintivo informativo (según modelo oficial) ubicado en un lugar suficientemente visible, tanto en espacios abiertos como cerrados.

2. Tener a disposición de los interesados impresos en los que se detalle la información sobre el fichero y su finalidad, el destinatario de los datos, la posibilidad de ejercicio de los derechos por parte del interesado, y la identificación del responsable del fichero. 3.Solo será admisible la instalación de cámaras o videocámaras cuando la finalidad de vigilancia no pueda obtenerse mediante otros medios que, sin exigir esfuerzos
Desproporcionados, resulten menos intrusivos para la intimidad de las personas y para su derecho a la protección de datos de carácter personal.
4. Las cámaras y videocámaras instaladas en espacios privados no podrán obtener imágenes de espacios públicos salvo que resulte imprescindible para la finalidad de vigilancia que se pretende, o resulte imposible evitarlo por razón de la ubicación de las cámaras. En todo caso deberá evitarse cualquier tratamiento de datos innecesario para la finalidad perseguida.

5. Las imágenes solo serán tratadas cuando sean adecuadas, pertinentes y no excesivas en relación al ámbito y las finalidades determinadas, legítimas y explícitas, que hayan justificado la instalación de las cámaras.

6. La creación de un fichero de imágenes de video vigilancia exige su inscripción en el Registro General. No es necesario cuando el tratamiento consista exclusivamente en la reproducción o emisión de imágenes en tiempo real.

7. En el supuesto de captación y conservación de imágenes, estas han de ser borradas en un plazo no superior a 1 mes.

La normativa es aplicable siempre que sean captadas imágenes de persones físicas
Identificadas o identificables, y comprende: la grabación, captación, transmisión, conservación, y almacenamiento de imágenes, incluida su reproducción o emisión en tiempo real, así como el tratamiento que resulte de los datos personales relacionados con ellas.

No sabemos por parte de este sindicato si todo esto se cumple, ya a la falta de información y a la experiencia tenida con otros medios, como paso con los famosos GPS, que inicialmente se indicaba que su colocación fue por motivos de seguridad, y para lo único que se ha utilizado fue para los expedientes de unos compañeros, como controlador de los horarios y para controlar si se cumplía las papeletas de servicio. El estudio hecho para la colocación de las cámaras, no sabemos donde están, es más una de las cámaras que se encuentra en el exterior esta colocada en la mitad del descansillo, que ubica toda el descansillo, como un bar que se encuentra fuera de la Jefatura, ¿eso es para mejorar la seguridad del agente?, o es para controlar a los que entra, quien no dice que vulnera el derecho de cualquier persona que entre en horas de descanso a entrar en dicho lugar. No sabemos si algunas de las cámaras dispone de audio, con lo que la conversación de los agentes son escuchadas eso no creemos que es una cuestión de seguridad, es más parece todo lo contrario es para oír conversaciones que no viene al cuento, vulnerando la intimidad de los agentes que entra de servicio.
Por todo esto esperamos que se nos aclare las dudas presentadas por el responsable de la colocación de estas cámaras, y si es por la seguridad de los agentes como del lugar y si hay un estudio serio de ubicación para mejorar la seguridad de tanto de los funcionarios como de las personas que se encuentra dentro del lugar, también esperamos que se nos informe donde queda registradas y su destrucción en el plazo de un mes como esta regulado, y quien es el encargado de la custodia de dichas imágenes.
En el Puerto de Santa María a 22 de Junio de 2009.
USPPL

miércoles, 1 de julio de 2009

INFORME RECIBIDO SOBRE EL NOMBRAMIENTO DE POLICÍAS DE PLAYAS.

Queremos informar a todos los afiliados como simpatizantes, que como es sabido el pasado mes de mayo realizamos un escrito remitido a la Teniente de Alcalde delegada del área de Recursos Humanos sobre Nombramiento de forma obligatoria a policía de playas.
---Pues hemos recibido una contestación por parte de la Teniente Alcalde Delegada del Área de Gobierno y Organización, la que nos remite y da copia del informe emitido por el Sr. Intendente Mayor. Después de leer detenidamente dicho informe no tiene desperdicio ninguno, pues bien, nos informa que no salio la orden en el mes de noviembre ya que el que suscribe dicho informe estaba de baja, ( primer incumplimiento de los acuerdos establecidos ya que la orden salio el 19 de marzo).
En segundo lugar se nos manifiesta que la orden se elaboró de ésta forma dado que los dos últimos años no se ha montado el servicio de playas especifico como tal y con éste horario, sino que se atendían con el personal y turnos que se habían solicitado, por que no se ha montado este servicio en los dos últimos años no se debe de respetar los acuerdos que lo regula ,(dice claramente el acuerdo que se realizo en el 2004, que si no hay voluntarios que tiene las funciones especificas de Motoristas, se ofrecerá también de forma voluntaria al resto del personal de la Agrupación General, esto no se hizo).
En tercer lugar se nos indica en dicho informe que dado que no había antecedentes recientes de prestación de estos servicios en los últimos años, la no existencia de voluntarios, se opto por realizar un sorteo entre los agentes motoristas, ¡Que barbaridad!, después de no respetar los acuerdos tomados en el 2004 , el sorteo esta el ultimo criterio que se debe de coger , antes tendría que entrar aquellos funcionarios que en años anteriores no hallan prestado o en su defecto lo hallan hecho en menor número de ocasiones, y el otro criterio es la Antigüedad en la plaza.
En cuarto lugar se habla de la voluntariedad de montar este servicio, ya que se permitía la posibilidad de que se cambien con alguien de forma voluntaria, ¿como se explica las órdenes tanto por escrito como por teléfono obligando a los agentes a realizar este servicio por idoneidad?, esta es la ley de búscate la vida, busca alguien para cambiarte, que imagen de desorganización y des control.
Esta claro que este sindicato seguirá denunciando y realizando tantos escritos necesarios para que se nos aclare que criterios se han seguido. Indicar que también se ha realizado un escrito sobre las cámaras que tenemos instaladas en la Jefatura, cuando pueda y el tiempo me lo permita lo colgare para informar a todos , como también publicare las contestaciones a nuestros escritos .

martes, 30 de junio de 2009

DENUNCIA INTERPUESTA POR LOS INTEGRANTES DEL COP.

AL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN

DON JOSÉ JAVIER PAYAR CIMADEVILLA, mayor de edad, con DNI xxxxxxxxx
, miembro del Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid y Secretario
General del Sindicato UNIÓN DE POLICÍA MUNICIPAL (UPM), con domicilio a
efecto de notificaciones en la calle Acanto nº 22, 13, 28045 Madrid (Tfno.
914681331, y fax 915272169),

DON JUAN LUIS AMARO RODRÍGUEZ, mayor de edad, con DNI xxxxxxxxxx,
Secretario General del SINDICATO PROFESIONAL POLICIAS MUNICIPALES
DE ESPAÑA (SPPME Andalucía), con domicilio en la Avenida de Cádiz s/n,
EDIFICIO LA ANTIGUA, ESTACIÓN DE CADIZ, TORRE NORTE, 41004
Sevilla,

DON FRANCISCO CORPAS GARCIA, mayor de edad, con DNI xxxxxxxxxxx,
Secretario General del Sindicato UNION DE POLICIA LOCAL Y BOMBEROS –
ANDALUCIA (UPLBA), con domicilio en la calle Pasaje de Levante nº 2, 29007
Málaga,

DON JOSE ANGEL BOGAJO GARCIA, con DNI xxxxxxxxxxx, mayor de edad,
Secretario General del Sindicato ERTZAINEN NAZIONAL ELKARTASUNA,
SINDICATO INDEPENDIENTE DE LA POLICIA VASCA (ERNE), con domicilio
en la calle Magdalena de Jauriberri nº 4 1º 6, 20014 San Sebastián, y

DOÑA GLORIA SANGÜESA ORTEGA, mayor de edad, con DNI xxxxxxxxxxxxx,
Secretaria General del SINDICATO DE LA POLICIA MUNICIPAL DE
PAMPLONA (SPMP), con domicilio en la calle Muru Astrain nº 29 – 2º iz., ZIZUR
MAYOR, 31180 Navarra, ante el Juzgado comparecen y, como mejor proceda en Derecho, DICEN:


Que, por medio del presente escrito, formulan DENUNCIA contra DON MIGUEL
ÁNGEL RODRÍGUEZ BAJÓN, periodista y editor de www.nuevatelevision.es,
por la presunta comisión de un DELITO DE INJURIAS CONTRA LAS
FUERZAS Y CUERPOS DE SEGURIDAD, previsto y penado en el artículo 504.2
del Código Penal.

El domicilio que figura en dicha página web es:

Formatos Audiovisuales Por Internet.
CIF. B-83322412
Apartado de correos 201, 28220-Majadahonda, Madrid, España
Teléfono: (+34)91 745 18 70
La presente denuncia se fundamenta en los siguientes,

I
HECHOS

Primero.- El pasado jueves 7 de mayo de 2009, se difundió por la cadena de
televisión Popular TV (Grupo COPE) un programa coloquio llamado
“Contracorriente”, en el que participaron una serie de contertulios. La grabación
íntegra del programa se puede ver en diferentes páginas de Internet, entre ellas:
http://www.populartv.net/index.php/PopularTV/ver-programa/contracorriente_-_07_05_2009/
http://www.youtube.com/watch?v=S4j_A6q2Dgg&feature=fvsr
Segundo.- En el minuto 21.40 de la grabación del programa, el denunciado DON
MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ (en adelante, M.A.R) manifestó, s.e.u.o.:

M.A.R: “(…) yo me fío absolutamente de la Guardia Civil, de la Policía Nacional,
tampoco he tenido nunca problemas con la Policía Autonómica, sí he tenido
problemas con la Policía Local (…)
Contertulio: ¿A nivel personal?

M.A.R: Quiero decir, normalmente son bastante chulos, y van vestiditos de chulos,
y entonces, yo no digo que no hagan su trabajo, pero claro que cobren más que un
Policía Naciona,l el Policía Municipal…
Contertulio: ¿Pero tú eres consciente de lo que estás diciendo?, porque luego tienes
que aparcar el coche, se van a quedar con tu cara...

M.A.R: No, si cada vez que digo esto luego me llenan el email de cosas que dicen y
tal… yo estoy esperando una querella. Es igual, si son chulos. Y me gustaría saber,
además de poner multas de tráfi…, de de aparcamiento, ¿pa qué vale la Policía
Local?
Contertulio: ¿Estás cuerdo hoy?, ¿estás cuerdo lo que estás diciendo?, ¿te ha pasado
algo con un Policía esta mañana?, ¿te han puesto una multa por aparcar mal?

M.A.R: No no, es que además lo digo sin que me pongan multas, es que sé que
dependen del Alcalde de turno. Por tanto, cuidado con las Policías Locales, y las
Autonómicas que dependen cada una de quien dependa. Y sobre todo, viendo lo que
Rosa nos ha puesto, los salarios, en fin, me parece ridículo que la Policía Nacional y
la Guardia Civil cobre menos que las Policías Locales, que podrían estar entre Jefes
de Discoteca y Guardias Urbanos, cobran más y las Policías Autonómicas, cobran
más, que la Guardia Civil. Déjame que termine. Yo tengo plena confianza, no
obstante, normalmente, cuando alguien viene uniformado, y el problema, estoy de
acuerdo con el Policía Nacional que nos acompaña, son las órdenes políticas y las
órdenes judiciales, no es de la Policía (…).
Minuto 28:55 de la grabación:

M.A.R: Con respecto a la acotación que ha hecho Alejandro. Es que yo creo que hay
una Policía que funciona mal en España que es la Policía Local. La Policía Local
que tenía que ser la Policía más cercana, la del barrio, la que cuando éramos
pequeños iba y si el del quiosco no te vendía tal.. decías ¡Policía! ¡Policía!, el
Guardia, ahora son unos tíos que llevan, unas botas por aquí, bien puesta la chisma,
cobran un montón de euros del Alcalde, y ¿qué hacen?, además de ponerse chulos,
quiero decir, la Policía Local de Madrid es la más chula del mundo!
Contertulio: ¿Pero qué dice este hombre?

M.A.R: no se puede sopor…, la Policía Local de Madrid no se puede soportar en un país europeo, pa empezar ni si quiera se cuadran cuando van a hablar contigo, y es
su obligación decir, “buenas tardes señor”, es su obligación, son unos chulos …
Contertulio: es demagogia pura y dura.

M.A.R: los pueblos de España se han llenado de coches cuatro terreno, ahí con el tío
ahí, bueno, no digo ya el Ginés este, este ya es la bomba, que a un Policía Local le
hayan dejado hacer de Corleone es la bomba, bueno, porque por ahí vamos, y yo creo
que las Policías Locales y las Policías Autonómicas tienen que tener, pa empezar la
mitad de sueldo, pa seguir la mitad de medios, y después un respeto al ciudadano que
no tienen (…) y ahora por favor que anoten mi coche y me ponen las multas que les de la gana… en Leganés también.

Minuto 32.21 de la grabación:

M.A.R (dirigiéndose a un Policía Nacional y en referencia a la Policía Local): A ver,
perdóname, es que yo no quiero que cobréis, porque claro, yo es que pago los
impuestos, yo quiero que cobréis lo que cobráis y que ellos cobren con respecto a las
competencias que tienen, porque claro, si tú tienes que detener a un delincuente y
eres el responsable cuando detienes a un delincuente y la Policía Local hace así
(gesto levantando las manos), y cobras lo que cobras, yo pido que el que hace así
(mismo gesto levantando las manos) cobre la mitad, y lo que pasa es que encima se
ponen tan chulos, que es que parece que son algo, y dice, ¡oye pero si tú eres
Policía Municipal!.
Tercero.- Estas declaraciones están teniendo una gran repercusión en el ámbito de las
Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, especialmente en las Policías Locales de toda
España, habiendo sido comentadas en numerosos foros en Internet y recriminadas por
varios Sindicatos.
II

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
Sin perjuicio de una ulterior calificación, se considera que los hechos descritos se
pueden subsumir en el artículo 504.2 CP, en su redacción dada por la Ley Orgánica
7/200, que dispone que:

“2. Los que injuriaren o amenazaren gravemente a los Ejércitos, Clases o
Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, serán castigados con la pena de multa de
doce a dieciocho meses.

El bien jurídico protegido por el delito previsto en el artículo 504.2 del Código Penal,
es el prestigio y legitimación democráticas de las instituciones públicas compelidas
por el ordenamiento jurídico a garantizar el libre ejercicio de los derechos y libertades
públicas (artículos 104.1 de la Constitución Española y 11.1 de la Ley Orgánica
2/1986, de 13 de marzo, de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad).
Este delito requiere la concurrencia de dos elementos: uno, objetivo, constituido por
actos o expresiones que sean claramente ofensivas, que lesionen la dignidad de la
institución, y la desprestigien y, otro, subjetivo, que lo constituye lo que se denomina
“animus injuriandi”, que, como dolo específico de esta infracción penal, implica la
intención de causar un ataque a la dignidad de una institución pública, el propósito de
desprestigiar, de menoscabar la fama de la institución.

En cuanto al elemento objetivo, resulta indudable que, con las expresiones utilizadas,
D. Miguel Ángel Rodríguez Bajón está buscando de forma consciente el insulto,
desprestigio y menosprecio de los Cuerpos de la Policía Local, y especialmente el
Cuerpo de Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, institución que se
encuentra especialmente protegida por el artículo 504.2 del Código Penal.
En cuanto a la significación gramatical del término, según la RAE:
1.- Chulo es sinónimo de “rufián”, que tiene dos acepciones:
1. m. El que hace el infame tráfico de mujeres públicas.
2. [m.]fig. Hombre sin honor, perverso, despreciable.
2.- Chulo es la persona que hace o dice las cosas con “chulada”.
3.- chulada.

La primera acepción es:

1. f. Acción indecorosa, propia de gente de mala educación o ruin condición.
Según la jurisprudencia, el término “chulo” es “claramente insultante (…), en general
siempre despectivo y atentatorio contra la dignidad de los demás” [Sentencia de la
Audiencia Provincial de Madrid, Secc. 16ª, de fecha 27-2-2007, EDJ 2007/51417].
En cuanto al elemento de la gravedad, la Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 5
de marzo de 1985 distingue entre las injurias “corrientemente llamadas imprecativas,
a través de las que surge el insulto malsonante, el vocablo zafio e incivil que
constituye airada reacción explosiva, producto del subsubconsciente a modo de
acción en corto circuito, propiciado por la carga emocional que en espíritus con
déficit cultural o inductos se generan hacia la insolencia verbal, de aquellas otras
denominadas ilativas que, por referirse a hechos o conductas cautelosas, implican
cálculo y reserva, que entrañan mayor complejidad, adquiriendo jurídicamente una
significación valorativa de superior entidad, lo que presupone en el orden punitivo
que, mientras las primeras pueden ser consideradas como leves, las segundas
corrientemente revisten claro rango ofensivo, máxime en una época como la actual
en que palabras y frases irrespetuosas, vejatorias y aún vituperantes, nacidas de
deficiente o mala educación, de origen o ambiental, tienen pasiva aceptación
conformista en extensos sectores sociales sin mayores repercusiones (…)”.
En el caso que denunciamos, el contexto y frases transcritas revelan el inequívoco
propósito del denunciado de desprestigiar públicamente y reiteradamente a la
institución a la que iban referidas, los Cuerpos de la Policía Local, y especialmente la
Policía Municipal del Ayuntamiento de Madrid, por lo que es evidente que concurre
esa intención o animus. Obsérvese que cuando el Sr. Miguel Ángel Rodríguez
manifiesta en un programa de televisión, y hasta en seis ocasiones, que los Policías
Locales son unos “chulos”, “que van vestiditos de chulos”, no lo hace en un estado de
ofuscación, de ira o de arrebato pasional, sino de forma reflexiva. Es más, cuando uno
de los contertulios le llama la atención y le advierte sobre lo que está diciendo, el
denunciado se ratifica en ello, lo que demuestra que es perfectamente consciente, y
manifiesta que está “esperando la querella”. En definitiva, no estamos ante injurias
"imprecativas" sino "ilativas", de las que se desprende un cálculo y meditación.
Debe valorarse también, que en el episodio al que se hace referencia en esta denuncia
no se está realizando una descalificación específica relativa a una persona concreta y a
la conducta que haya podido evidenciar en un momento determinado, sino que se está
denostando a todo un cuerpo de seguridad, metiendo en el mismo saco a todos sus
componentes sin distinción, como si todos ellos participaran al unísono de las
características que se les imputan, a saber, la de ser unos “chulos” o personas
perversas y despreciables, cuyo comportamiento, por lo general, resulta ser
“chulesco”.
Por último, debe valorarse el grado de cultura y el medio ambiente de la persona
denunciada, siendo así que DON MIGUEL ÁNGEL RODRÍGUEZ BAJÓN, aparte
de periodista, ha ostentado varios cargos públicos, habiendo sido Secretario de Estado
de Comunicación y portavoz del Gobierno de España, entre los años 1996 y 1998.
En definitiva, con dichas expresiones, es claro que no existe un interés de informar, se
está simple y llanamente insultando y, como ha establecido de forma reiterada el
Tribunal Constitucional: "La Constitución no veda, en cualesquiera circunstancias, el
uso de expresiones hirientes, molestas o desabridas, pero de la protección
constitucional que otorga el art. 20.1 .a) están excluidas las expresiones
absolutamente vejatorias; es decir, aquellas que, dadas las concretas circunstancias
del caso, y al margen de su veracidad o inveracidad, sean ofensivas u oprobiosas y
resulten impertinentes para expresar las opiniones o informaciones de que se trate...
Pues, ciertamente, una cosa es efectuar una evaluación personal, por desfavorable
que sea, de una conducta, y otra cosa muy distinta emitir expresiones, afirmaciones o
calificativos claramente vejatorios desvinculados de esa información y que resultan
proferidos, gratuitamente, sin justificación alguna, en cuyo caso cabe que nos
hallemos ante una mera descalificación o incluso un insulto proferidos sin la menor
relación con el propósito de contribuir a formar una opinión pública libre... Esto es,
en ningún caso pueden ser consideradas expresiones protegidas por la libertad de
opinión las expresiones formal y evidentemente injuriosas y vejatorias que, además,
resultan innecesarias para la expresión de la opinión o crítica.” (Sentencia de 15 de
octubre de 2001, TC SS 1/1998, de 12 de enero, 200/1998, de 14 de octubre,
180/1999 y 192/1999, de 11 y 25 de Octubre; 6/2000 de 17 de enero.)
En el mismo sentido, en la Sentencia nº 85/1992, el Tribunal Constitucional declaró:
“No se entenderán protegidas por la libertad de información, o de expresión, aquella
expresión o manifestaciones que carezcan de relación alguna con el pensamiento que
se formula o con la información que se comunica o resulta formalmente injuriosa o
despectiva, y ello equivale a decir que ese derecho no autoriza el empleo de
apelativos injuriosos utilizado con fines de menosprecio, puesto que la Constitución
no reconoce ni admite el derecho al insulto.”.
Como consecuencia de lo anteriormente expuesto;
Solicito al Juzgado que, teniendo por presentado este escrito, con sus copias, tenga por formulada, en tiempo y en forma, DENUNCIA contra DON MÍGUEL ANGEL RODRÍGUEZ BAJÓN, y se acuerde incoar las correspondientes diligencias previas, al fin de que se practique las siguientes, entre otras que procedan:

1)Que se requiera a TV popular, a fin de que se remita una copia integra del programa " Contracorriente" emitido el pasado 7 de mayo de 2009.

2) Declaración como imputado del denunciado.

En Madrid el 17 de Junio de 2009.

Este es el programa que ha provocado que los integrantes de COP hemos puesto denuncia por injurias y calumnias en un juzgado de Madrid

http://www.youtube.com/watch?v=S4j_A6q2Dgg&feature=channel_page

martes, 23 de junio de 2009

NOTA DE PRENSA.

COP CONDENA EL ATENTADO QUE HA
ACABADO CON LA VIDA DE UN COMPAÑERO
La Coordinadora de Policías condena de la forma más enérgica posible
el cobarde atentado que ha costado la vida del policía Eduardo Puelles
García.
De la misma forma, expresa su más sentido dolor a los familiares y
allegados, y se pone a su disposición para lo que estimen conveniente.
La muerte de un compañero siempre es dolorosa, pero lo es más
cuando carece totalmente de sentido. No hay justificación posible a
semejante brutalidad y por eso nos rebelamos contundentemente
contra sus autores, contra sus instigadores y contra los que se
esconden tras un silencio cómplice.
En estos momentos, el mayor deseo de COP es que los cobardes que
han acabado con la vida de un servidor del pueblo estén pronto entre
rejas. Y estamos seguros de que así va a ser.
Madrid, a 19 de junio de 2009

jueves, 18 de junio de 2009

EXITOSA MANIFESTACIÓN EN MADRID.

Para todos los afiliados y simpatizantes, queremos hacer llegar que el día 17 de junio tuvimos la gran manifestación ya programada, fue exitosa por la participación y organización , queremos hacer llegar toda nuestra felicitación a todos los compañeros que estuvieron en dicha manifestación, como también a los compañeros de esta plantilla que estuvieron en esta manifestación a pesar de la ola de calor sufrida en este acto tan importante ya que se reclama una jubilación acorde a nuestra profesión, como esta actualmente reconocida en otros cuerpos, es una situación de clara discriminación e injusticia, queremos hacer llegar que esta manifestación es promovida por los sindicatos independientes y profecionales, que llevamos ya muchos años de lucha y un camino ya recorrido, que quede también claro que no hubo ninguna participación por parte de los llamados sindicatos de clase, que parece que no le importa nada este tema, y que ahora quieren subirse al carro motivado por las presiones y demandas de compañeros que están afiliado a estos sindicatos, no queremos recriminar ni tampoco criticar a ningún sindicato solo se hace como una aclaración . Queremos indicar que cuando tengamos recopilados las fotos y vídeos sobre esta gran manifestación la publicaremos en este blog.

jueves, 28 de mayo de 2009

MANIFESTACIÓN EN MADRID POR LA JUBILACIÓN ANTICIPADA.

Afiados y simpatizantes el 17 de Junio tenemos una manifestación en Madrid, tenemos que acudir todos los que podamos, es una cosa que nos interesa a todos, ponerse en contacto con el delegado, o con algún miembro de la comisión permanete del sindicato, para poder hacer las reservas, compañeros ponerse en contacto lo ante posible.