miércoles, 23 de noviembre de 2011

INFORMACIÓN SOBRE LA JUBILACIÓN ANTICIPADA.

Procedimiento general para establecer coeficientes reductores y anticipar la edad de jubilación en el sistema de la Seguridad Social.

XI MARCHA CICLO-TURISTA MTB.



Este domingo 27 de noviembre tendrá lugar la marcha Cicloturista de Mountain Bike en Arcos de la Frontera. Organizado por el Club Ciclista La Salle, la inscripción comenzará a las 8 de la mañana y la salida tendrá lugar a las 10 de la mañana desde el Colegio la Salle. Esta prueba denominada la Úndecima PREPARATE, que sirve de prologo a la fiesta de la bicicleta a celebrarse al final del mes de enero de 2012.
Esta prueba que se ha consolidado para los deportistas de todos los niveles desde niños de 14 años y veteranos y contiene pruebas cortas de descensos de trialeras con caminos secundarios para los no expertos o no competidores y poder disfrutar como los expertos exhiben unos descensos de alta competición y caminos de todo tipo sin dificultad pero divertido y la prueba final del ultimo kilómetro de la subida al casco antiguo que es un tramo libre o de competición donde se recorre el kilómetro de ascenso al casco antiguo con llegada a la plaza del Cabildo.
Esta prueba del último kilómetro con ascenso al casco antiguo que ha nacido desde esta prueba que organiza el Club Ciclista La Salle y donde se ha consolidado para otras pruebas como la internacional de Triatlón del Desafio de Doñana como premio de montaña celebrado en el mes de septiembre y la prueba de la ruta del Guadalete que organiza el Club Ciclista ciudad del lago, de Bornos celebrado en octubre y ahora en noviembre las calles del casco antiguo de Arcos va a servir de espectáculo para el ascenso por sus callejuelas empinadas de una competición de ciclistas de todos los niveles.
Esta ruta tiene un longitud de menos de 40 kilómetros y circulará por todo el termino municipal de Arcos de la Frontera por zonas rurales y entornos naturales como el pantano de Bornos, Barranco, el madroñal y su arroyo, la vía verde etc...
Habrá trofeos para todas las categorías en la competición del tramo libre de subida y en la competición de trialeras para los expertos. Tanto femenino como masculino y Dichos trofeos se entregaran una vez finalizada la prueba en torno a las 14:30 horas en el Colegio La Salle, donde degustarán de tapas y bebidas así como de avituallamiento durante el recorrido.
El precio de Inscripción son de Seis Euros y está abierto para las edades de 14 años en adelante.
El Club Ciclista la Salle tiene como objetivo en esta prueba el disfrute de la bicicleta para todos los niveles, con competiciones para los expertos y compartir con otros ciclistas de otras provincias y extranjeros del paraje natural y del turismo deportivo así como la preparación para la fiesta de la bicicleta que está en marcha su organización con novedades y otras primicias.
os espero este domingo en Arcos para la ruta de LA UNDECIMA PREPARATE.
mas información y preinscripción en Email. jezulindearcos@hotmail.com

jueves, 17 de noviembre de 2011

SINDICATOS.



Todos los sindicatos no son iguales.

Decreto 325/2011, de 25 de octubre. Aclaración del permiso retribuido para ejercer el derecho al voto.

Convocadas elecciones generales por Real Decreto 1329/2011, de 26 de septiembre, que habrán de celebrarse el próximo día 20 de noviembre de 2011, se hace necesario prever las diversas situaciones que puedan presentarse para el ejercicio del derecho al voto de aquellos trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena y personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que no disfruten en la citada fecha de jornada completa de descanso, facilitándoseles así el ejercicio de ese derecho fundamental.
Asimismo, razones de economía normativa aconsejan contemplar al mismo tiempo los permisos para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que se presenten como candidatos o candidatas al proceso electoral convocado.
A este fin, y en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales y en la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa consulta a las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas en la Comunidad Autónoma, y tras acuerdo con el Delegado del Gobierno en Andalucía respecto a los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, a propuesta de la Consejera de Hacienda y Administración Pública y del Consejero de Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 25 de octubre de 2011,
DISPONGO
Artículo 1. Ámbito de aplicación.
El presente Decreto será de aplicación a los trabajadores y las trabajadoras por cuenta ajena y al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias que posean la condición de electores y electoras, o concurra en ellos y ellas la condición de miembros de Mesas Electorales, Interventores e Interventoras, o Apoderados y Apoderadas en las Elecciones Generales que habrán de celebrarse el día 20 de noviembre de 2011 y no disfruten dicho día del descanso completo. Asimismo, será de aplicación el presente Decreto al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que se presenten como candidatos o candidatas en el proceso electoral convocado.
Artículo 2. Electores y Electoras.
Cuando la jornada laboral de las personas comprendidas en el artículo 1 coincida, total o parcialmente, con el horario de apertura de los Colegios Electorales, éstas tendrán derecho a permiso retribuido, dentro de su jornada, en los supuestos y cuantías siguientes:
a) Si la coincidencia es superior a seis horas, permiso retribuido de cuatro horas.
b) Si la coincidencia es superior a cuatro horas pero no excede de seis horas, permiso retribuido de tres horas.
c) Si la coincidencia es de dos a cuatro horas, permiso retribuido de dos horas.
d) Si la coincidencia es menor de dos horas, no se tendrá derecho a permiso.
Artículo 3. Voto por correo.
Las personas comprendidas en el artículo 1 que presten sus servicios lejos de su domicilio o residencia habitual o en otras condiciones de las que se derive dificultad para ejercer el derecho de sufragio el día de las elecciones y opten por ejercitar el derecho al voto por correspondencia, tendrán derecho a los permisos establecidos en el artículo anterior para formular personalmente la solicitud de certificación acreditativa de su inscripción en el censo electoral, que se contempla en el artículo 72 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, así como para la remisión del voto por correo, entendiéndose, en este caso que la coincidencia de jornada que se menciona en el artículo precedente se referirá al horario de apertura de las oficinas del Servicio de Correos. Estos permisos habrán de ser otorgados con la antelación suficiente prevista en el citado artículo de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio.
Artículo 4. Personas miembros de la Mesa Electoral.
1. Las personas comprendidas en el artículo 1 que acrediten su condición de Presidente o Presidenta, Vocal, Interventor o Interventora de Mesa Electoral, tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan dicho día de descanso, y a una reducción de cinco horas en su jornada de trabajo del día 21 de noviembre de 2011, siempre que justifiquen su actuación como tales.
2. Si alguna de las personas comprendidas en el apartado anterior hubiera de trabajar en turno de noche en la fecha inmediatamente anterior al día de la votación, la persona responsable de personal del Centro de Trabajo, Servicio o Unidad Administrativa en que preste sus servicios el trabajador o trabajadora y el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía, vendrá obligada a cambiarle el turno con el fin de que pueda descansar esa noche.
Artículo 5. Apoderados y Apoderadas.
Los Apoderados y Apoderadas tendrán derecho a un permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación, si no disfrutan en tal fecha de descanso.
Artículo 6. Personas que figuren como candidato o candidata.
1. El personal no laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que se presente como candidato o candidata al proceso electoral a que se refiere el presente Decreto podrá, previa solicitud, ser dispensado, durante el tiempo de duración de la campaña electoral, de la prestación del servicio en sus respectivas Unidades.
Dicho permiso será otorgado por la persona titular de la Viceconsejería correspondiente o, en su caso, por la autoridad que tenga atribuidas las competencias en materia de personal.
2. El personal laboral al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que se presente como candidato o candidata a las citadas elecciones podrá solicitar igualmente el disfrute de dicho permiso.
Disposición final única. Entrada en vigor.
El presente Decreto entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 25 de octubre de 2011