Esta Sección Sindical, se dirige a VD. Para recordarle que por parte de
la U.P .L.B.-A. de
El Puerto de Santa María, hemos prestado nuestra colaboración para poder
superar esta situación de crisis económica por la que estamos pasando.
En la última reunión mantenida para las previsiones de la feria de
primavera 2012 se acordó la reducción
forzosa de una jornada laboral, se
presentó la implantación de unos turnos especiales para el control de
botellón y tráfico de carácter
voluntario.
Nuestra sorpresa se inicia con la exposición pública de las ordenes AP
2012/296, 297 y 300 solicitando personal voluntario en los turnos especiales
para Venta Ambulante, Control de Botellón y Tráfico, indicándose que de no
existir personal voluntario estas vacantes serian cubiertas con carácter
forzoso en base a los artículos 52 y 53 del Vigente Reglamento de Organización
y Servicio,.
Esta sección considera una arbitrariedad que se vulneren los derechos
de los agentes de policía, una vez más, consideramos
totalmente injusto el incumplimiento reiterado e intencionado de los preceptos
contenidos tanto en los vigentes Acuerdos Reguladores de las Condiciones de
Trabajo del Personal Funcionario al Servicio del Excmo. Ayuntamiento de El
Puerto de Santa María, así como de los Acuerdos para la Reorganización de la Policía Local , donde
se contempla de forma clara que los cuadrantes de trabajo anual que
recogerá los turnos de trabajo y que
salvo causa debidamente justificada y previa
consulta con los representantes del personal e interesados, no podrán ser
modificados.
Esto implica que las ordenes anteriormente reseñadas vulneran con total
impunidad lo contemplado en los vigentes acuerdos, recordándole que los
artículos 52 y 53 del vigente Reglamento se refieren a la provisión de destinos
y no guardan ninguna relación con el cambio de los cuadrantes de trabajo.
Nos encontramos con que se está imponiendo de forma obligatoria unos
turnos que no están regulados en los vigentes acuerdos, por lo que no se puede
determinar en que condiciones han de prestarse los mismos y que derechos lleva
inherentes su realización.
En segundo lugar esta sección entiende que de obligar a los agentes a descansar
un día de feria, éste debería de coincidir con algunos de los que por su
cuadrante le corresponda descansar, no siendo ésta la situación real dado que
se ha obligado a descansar en días distintos de los que les correspondía y
además en conceptos tales como Asuntos propios y otros, algo que carece de
lógica.
Así mismo, denunciar la utilización de agentes en situación de 2ª
Actividad como parte del personal de Reten, agentes que no pueden portar armas,
y que pasaron a prestar sus servicios como agentes encargados de la seguridad
del reten, todo ello con un único objetivo el de aumentar el número de
efectivos policiales.
Ante lo expuesto, esta sección reclama a Vd.
Se hace unas ciertas reclamaciones que están publicadas en nuestro tablón sindical ,para que no vuelva pasar más e indicar que se registro en el día de hoy en el área de personal.
Puerto de Santa María, a 10 de mayo de 2012
Fdº Presidente de la UPBL-A
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